ALIANZA JURIDICA ECUADOR
  Derecho de Alimentos
 

DERECHO DE ALIMENTOS O PENSIONES ALIMENTICIAS


Tienen derecho a reclamar alimentos:

  • Los niños, niñas y adolescentes, salvo los emancipados voluntariamente;
  • Los adultos o adultas hasta la edad de veintiún años, que se encuentren cursando estudios técnicos o superiores y carezcan de recursos propios y suficientes; y,
  • Las personas de cualquier edad que padezcan de una discapacidad o sus circunstancias físicas o mentales les impida procurarse los medios para subsistir por si mismas.

Quienes están obligados a la prestación de los alimentos?

  • Los padres, aun en los casos de limitación, suspensión o privación de la patria potestad;

  • Los Abuelos;
  • Los hermanos que hayan cumplido 21 años; y,
  • Los tíos.

LAS PENSIONES ALIMENTICIAS SE FIJAN DE ACUERDO A LA TABLA DE PORCENTAJES MINIMOS EN FUNCION DE LOS INGRESOS DEL ALIMENTANTE, EL NUMERO DE HIJOS Y LA EDAD DE LOS MISMOS.

 Trámite:

Se deberá presentar una demanda (Formulario) ante uno de los Jueces de la Niñez y Adolescencia, dicho Juez calificará la demanda y fijará una pensión provisional en caso de ser procedente. Así mismo mandará se cite al demandado y fijará fecha para la Audiencia Unica. Realizado todo esto vendra la resolucion o sentencia fijandose la pensión definitiva.

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